Quienes sufrieron prisión política, tortura, persecución o exilio durante la dictadura —y, en determinados casos, sus familiares— pueden tener derecho a exigir judicialmente una indemnización por el daño causado.
Los tribunales chilenos han reconocido el deber del Estado de indemnizar el daño moral causado a víctimas directas e indirectas de graves violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante la dictadura.
La indemnización judicial no constituye un beneficio ni una concesión. Es una forma de reparación por el daño sufrido.
Quienes fueron detenidos arbitrariamente, privados de libertad o sometidos a apremios ilegales por razones políticas.
El exilio no siempre comenzó con un decreto de expulsión. Muchas personas salieron del país porque permanecer en Chile significaba exponerse a persecución, amenazas o riesgo para su integridad.
El exilio de hecho —la salida forzada por persecución, acoso o amenaza vital— puede ser reconocido e indemnizado por la justicia chilena.
El daño no necesariamente terminó en quien sufrió directamente la persecución.
Cónyuges, hijos, hermanos y padres de personas ejecutadas políticas, detenidas desaparecidas o sobrevivientes de tortura pueden reclamar por el daño sufrido como consecuencia de esos hechos.
No haber sido inscrito o reconocido previamente por las comisiones Rettig o Valech no impide necesariamente ejercer una acción judicial.
Los hechos pueden acreditarse ante los tribunales mediante los antecedentes y medios de prueba disponibles en cada caso.
Los crímenes de lesa humanidad y sus consecuencias civiles son imprescriptibles. Los tribunales chilenos han reconocido que no existe un plazo de caducidad para exigir judicialmente la reparación civil al Estado.
Recibir una pensión Valech, Rettig, un beneficio PRAIS u otra prestación estatal no impide ejercer una acción judicial de indemnización.
Estas prestaciones no sustituyen por sí mismas la reparación del daño moral y son compatibles con una indemnización judicial.
Muchas personas abandonaron el país sin que existiera un decreto formal de expulsión.
La salida forzada por persecución, hostigamiento o amenaza también puede constituir exilio de hecho y ser reconocida por la justicia chilena.
Muchas chilenas y chilenos que salieron durante la dictadura construyeron posteriormente su vida en otros países.
Rodríguez y Suárez trabaja también con personas residentes en el extranjero, realizando reuniones, recopilación de antecedentes y seguimiento del proceso mediante plataformas virtuales.
Cuando el caso lo requiere, pueden coordinarse evaluaciones psicológicas, médicas y sociales destinadas a acreditar el daño sufrido.
El lugar donde una persona vive hoy no cambia la historia que la llevó hasta allí.
Una acción de indemnización requiere estudiar los hechos, revisar los antecedentes disponibles y determinar cómo acreditar tanto las violaciones sufridas como sus consecuencias.
Dependiendo de las circunstancias particulares del caso, pueden ser necesarias evaluaciones psicológicas, médicas o sociales, incluidas aquellas realizadas conforme a los estándares del Protocolo de Estambul.
Cada situación requiere una evaluación jurídica particular.
Rodríguez y Suárez Abogadas representa a víctimas y familiares en acciones destinadas a obtener el reconocimiento y la reparación judicial del daño causado por graves violaciones a los Derechos Humanos.
Abordamos estos casos considerando tanto la historia personal de quien vivió los hechos como la construcción jurídica necesaria para defender sus derechos ante los tribunales.
Trabajamos con personas residentes en Chile y con chilenas y chilenos que hoy viven en distintos lugares del mundo.
Si usted o alguien de su familia sufrió prisión política, tortura, persecución, exilio, desaparición, ejecución política u otras graves violaciones a los Derechos Humanos durante la dictadura, podemos estudiar sus antecedentes y determinar si existe una acción de reparación que pueda ejercerse ante los tribunales chilenos.
Rodríguez y Suárez Abogadas
Santiago de Chile · Atención en Chile y desde el extranjero
Puede comunicarse con Rodríguez y Suárez Abogadas para solicitar una evaluación jurídica, desde Chile o desde el extranjero.
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